Son el contrato que pueden hacer las parejas, antes o después del matrimonio, para fijar las normas que deben regir el aspecto económico de su matrimonio con toda libertad, dentro de los límites que marca la ley, y otras estipulaciones por razón de matrimonio.

 

La más frecuente es aquella por la que se pacta el régimen legal de separación de bienes.

 

Una vez realizada y otorgada la escritura ante Notario, deben inscribirse en el Registro Civil correspondiente para que puedan tener eficacia frente a terceros.

 

Las Capitulaciones Matrimoniales pueden ser: Pre o Postnupciales.

 

Documentación

  • DNI/NIF. y datos personales de los otorgantes.
  • Libro de familia de la pareja (en el caso de capitulaciones postnupciales).

También, en el caso de las capitulaciones matrimoniales postnupciales es posible que quieran atribuir los bienes a alguno de ellos, para este caso es conveniente acudir a la Notaría para su información.

Teléfono: 954 727 339 / 954 727 003
Fax: 955 669 669
Nuestra Señora Valme, 45
Dos Hermanas, Sevilla